Demanda Marítima de Perú: Una guía para no perderse en el conflicto
Con la presentación de la demanda peruana por la delimitación del límite marítimo con Chile, se inicia un conflicto en que la Corte Internacional de La Haya deberá pronunciarse sobre esta discrepancia entre Estados.
Por Guillermo Mestre
Pero no todo gira en torno a la demanda. Para entender este conflicto hay que manejar algunos conceptos y hechos que en estas líneas se pretenden aclarar.
1° Que se pide:
Los Estados, para poder existir, necesitan ciertos elementos básicos, y que sin ellos no podrán ser reconocidos como tales; uno de estos elementos es el territorio, que se puede definir como la porción del espacio de nuestro planeta en la cual se asienta el grupo humano. En este caso, el territorio puede ser terrestre, marítimo y aéreo. Nuestro país, como también el Perú, y todos los países costeros deben delimitar su territorio, en cuando a porción de tierra, y también el espacio de mar de sus costas, para evitar conflictos de carácter diplomático, político, militar y relativos a la soberanía de cada Estado.
En este caso particular, Perú limita con Chile en un punto llamado “concordia” (acordado por el Tratado de Lima de 1929), pero este punto se prolonga imaginando una línea horizontal hacia el mar, la cual representa la división entre los territorios marítimos de ambos Estados. Es este punto, el que Perú pretende que se baje unos 250 Km. en el mapa, y que la línea imaginaria se “dibuje” de manera mas vertical, ganando eventualmente la suma de 35.000 kilómetros cuadrados de mar, que hasta hoy, pertenecen al dominio soberano de nuestro país.
Una vez iniciada la petición de Perú, o mas bien iniciado el conflicto por la modificación de una ley interna del país vecino (Ley de Líneas Base, N° 28.621 de 2005), estos limites, ya reconocidos, han sido modificados de manera unilateral por parte del gobierno peruano, lo que ha producido un roce entre Estados, que como no están de acuerdo en la materia, debe ser conocido y resuelto por un órgano superior, al que ambos países le reconozcan merito para poder tomar parte de esta discordia.
2° A quien se pide:
Se entiende que existe un conflicto entre dos Estados, cuando estos no están de acuerdo en un hecho, sobre el derecho o respecto a una cuestión política.
Al parecer en este caso, para Perú seria una cuestión de hecho, ya que quiere que la Corte de La Haya, fije los límites marítimos con nuestro país, porque estos límites no se encontrarían determinados; en cambio para Chile, el tema sería una discusión sobre un punto de derecho, ya que existen Tratados Internacionales (ej. Tratado de Lima de 1929, Declaración de Zona Marítima de1952, Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima de 1954), que son leyes internas de los países que los suscriben y ratifican, y que dicen relación con el limite del territorio marítimo entre Chile y Perú.
Como ambos países son miembros de la ONU, es este organismo el que entrega medios pacíficos de solución de conflictos, que pueden ser Diplomáticos o Jurisdiccionales, y en estos últimos, es donde se encuentra la reclamación ante un organismo internacional, como es la Corte Internacional de La Haya.
Para poder proceder judicialmente, ante la Corte Internacional de La Haya, Perú debe acreditar su legitimación, esto es, su poder o facultad para poder recurrir ante tal órgano. Para estos efectos, se entiende que tienen facultad de solicitar la intervención de esta Corte, todos los países miembros de la ONU, a través de un funcionario publico que tenga la atribución de poder iniciar este tipo de procedimientos.
3° El Juicio:
La Corte Internacional de La Haya funciona permanentemente, lleva su nombre por la ciudad en que se ubica, y se compone por un colegio de jueces nombrados por la Asamblea General de la ONU y los países Miembros del Consejo de Seguridad del mismo organismo; son 15 jueces que duran 9 años en su cargo, de diversa nacionalidad. Actualmente esta compuesta por personas de los siguientes países: Reino Unido (Miss Rosalyn Higgins, Presidente), Jordania, Madagascar, China, Sierra Leona, Estados Unidos, Venezuela, Japón, Alemania, Eslovenia, Francia, Nueva Zelanda, México, Marruecos y Rusia.
El procedimiento comienza con la recepción de la demanda por la Secretaria de la Corte, y tiene dos fases, una escrita y otra oral. Los idiomas oficiales de la Corte son el inglés (por su uso universal) y el francés (idioma usado por la Diplomacia), sin perjuicio de la posibilidad de presentar alegaciones y documentos en el idioma nativo de cada país.
La fase escrita corresponde a la presentación de demandas, memorias, contramemorias, y escritos que sustenten la demanda, o que la desvirtúen; en cambio, la parte oral de estos procedimientos la componen las alegaciones de los abogados de cada Estado frente a los jueces.
Las decisiones que tome la Corte, se deliberarán en privado, y por la mayoría de los votos, y en caso de empate resolverá el Juez Presidente (Rosalyn Higgins, Reino Unido), o quien lo remplace.
Para los trámites del proceso, como el plazo para dar pruebas, para dictar sentencia o para recibir a peritos o testigos, no se establece un tiempo único, por lo tanto el juicio puede durar varios años.
4° La resolución:
La sentencia del caso será leída en audiencia pública, será un fallo motivado (explicado punto por punto), y su decisión será detallada en cuanto a los votos a favor y en contra de cada una de las peticiones que fundamentan la demanda.
Las sentencias de la Corte de La Haya no son apelables, pero se pueden interpretar a solicitud de cualquiera de las partes.
El fallo es vinculante, es decir obliga a los Estados en conflicto a aceptar la resolución y a cumplir el mandato que indique la sentencia, es por esto la importancia de la Corte de La Haya, ya que no es un órgano consultivo (en ciertos casos actúa como tal), sino que un Tribunal como conocemos comúnmente, y puede obligar y sancionar a los Estados que no cumplan sus decisiones.
Para poder impugnar esta sentencia corre un plazo de 10 años desde su dictación, para así poder ser revisada y eventualmente modificada conforme al derecho internacional.
5° Diccionario para entender este conflicto:
Territorio: comprende el suelo, subsuelo, el espacio aéreo y algo de mar.
Zona Económica Exclusiva: Espacio situado mas allá del mar territorial (territorio marítimo hasta 12 millas desde la costa), y de la zona contigua (12 millas posteriores al mar territorial) y donde el Estado ribereño tiene derechos de soberanía para fines de exploración, explotación, conservación y administración de los recursos naturales. Se extiende hasta 200 millas marinas comprendiendo el mar territorial y la zona contigua.
Líneas de Base: aquellas que se utilizan con el objeto de determinar la extensión de los distintos espacios marítimos de un Estado costero.
ONU: Organización de Naciones Unidas, es una Persona Internacional, no es un Estado, es un sujeto de derecho Internacional, conformado por la asociación permanente de Estados, con un objeto licito, y con facultades que se extienden mas allá de los sistemas propios de cada país.
CONVEMAR: Tratado Internacional, uno de los mas importantes del mundo, aprobada en 1982.
Limites y Fronteras: El término Frontera, es más amplio y se refiere a una región o faja, mientras tanto que el término Límite, está ligado a una concepción precisa, linear y perfectamente definida en el terreno.
Soberanía: Es una característica del poder de un Estado, la que implica que no reconoce otro poder distinto, que sea igual o superior a el, por lo tanto el poder del Estado Soberano siempre es el mayor centro de impulsión social, político, económico, militar etc.
Consejo de Seguridad de la ONU: Órgano que pertenece a la ONU y cuya función es mantener la paz y la seguridad de los Estados Miembros. Está formado por 15 miembros de los cuales Rusia, Reino Unido, China, Francia y Estados Unidos son permanentes, y los demás los designa la Asamblea General.
La Haya: ciudad de Holanda en la que se alberga la Corte Internacional de las Naciones Unidas, entre otros órganos internacionales, como por ejemplo el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia y la Corte Penal Internacional.
Tribunal Internacional del Derecho del Mar: órgano jurisdiccional que nace a partir de la Convención sobre Derecho del Mar. Se sitúa en Hamburgo, Alemania, y se compone de 21 miembros. Perú no quiso someterse a la Jurisdicción de este Tribunal.
Pero no todo gira en torno a la demanda. Para entender este conflicto hay que manejar algunos conceptos y hechos que en estas líneas se pretenden aclarar.
1° Que se pide:
Los Estados, para poder existir, necesitan ciertos elementos básicos, y que sin ellos no podrán ser reconocidos como tales; uno de estos elementos es el territorio, que se puede definir como la porción del espacio de nuestro planeta en la cual se asienta el grupo humano. En este caso, el territorio puede ser terrestre, marítimo y aéreo. Nuestro país, como también el Perú, y todos los países costeros deben delimitar su territorio, en cuando a porción de tierra, y también el espacio de mar de sus costas, para evitar conflictos de carácter diplomático, político, militar y relativos a la soberanía de cada Estado.
En este caso particular, Perú limita con Chile en un punto llamado “concordia” (acordado por el Tratado de Lima de 1929), pero este punto se prolonga imaginando una línea horizontal hacia el mar, la cual representa la división entre los territorios marítimos de ambos Estados. Es este punto, el que Perú pretende que se baje unos 250 Km. en el mapa, y que la línea imaginaria se “dibuje” de manera mas vertical, ganando eventualmente la suma de 35.000 kilómetros cuadrados de mar, que hasta hoy, pertenecen al dominio soberano de nuestro país.
Una vez iniciada la petición de Perú, o mas bien iniciado el conflicto por la modificación de una ley interna del país vecino (Ley de Líneas Base, N° 28.621 de 2005), estos limites, ya reconocidos, han sido modificados de manera unilateral por parte del gobierno peruano, lo que ha producido un roce entre Estados, que como no están de acuerdo en la materia, debe ser conocido y resuelto por un órgano superior, al que ambos países le reconozcan merito para poder tomar parte de esta discordia.
2° A quien se pide:
Se entiende que existe un conflicto entre dos Estados, cuando estos no están de acuerdo en un hecho, sobre el derecho o respecto a una cuestión política.
Al parecer en este caso, para Perú seria una cuestión de hecho, ya que quiere que la Corte de La Haya, fije los límites marítimos con nuestro país, porque estos límites no se encontrarían determinados; en cambio para Chile, el tema sería una discusión sobre un punto de derecho, ya que existen Tratados Internacionales (ej. Tratado de Lima de 1929, Declaración de Zona Marítima de1952, Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima de 1954), que son leyes internas de los países que los suscriben y ratifican, y que dicen relación con el limite del territorio marítimo entre Chile y Perú.
Como ambos países son miembros de la ONU, es este organismo el que entrega medios pacíficos de solución de conflictos, que pueden ser Diplomáticos o Jurisdiccionales, y en estos últimos, es donde se encuentra la reclamación ante un organismo internacional, como es la Corte Internacional de La Haya.
Para poder proceder judicialmente, ante la Corte Internacional de La Haya, Perú debe acreditar su legitimación, esto es, su poder o facultad para poder recurrir ante tal órgano. Para estos efectos, se entiende que tienen facultad de solicitar la intervención de esta Corte, todos los países miembros de la ONU, a través de un funcionario publico que tenga la atribución de poder iniciar este tipo de procedimientos.
3° El Juicio:
La Corte Internacional de La Haya funciona permanentemente, lleva su nombre por la ciudad en que se ubica, y se compone por un colegio de jueces nombrados por la Asamblea General de la ONU y los países Miembros del Consejo de Seguridad del mismo organismo; son 15 jueces que duran 9 años en su cargo, de diversa nacionalidad. Actualmente esta compuesta por personas de los siguientes países: Reino Unido (Miss Rosalyn Higgins, Presidente), Jordania, Madagascar, China, Sierra Leona, Estados Unidos, Venezuela, Japón, Alemania, Eslovenia, Francia, Nueva Zelanda, México, Marruecos y Rusia.
El procedimiento comienza con la recepción de la demanda por la Secretaria de la Corte, y tiene dos fases, una escrita y otra oral. Los idiomas oficiales de la Corte son el inglés (por su uso universal) y el francés (idioma usado por la Diplomacia), sin perjuicio de la posibilidad de presentar alegaciones y documentos en el idioma nativo de cada país.
La fase escrita corresponde a la presentación de demandas, memorias, contramemorias, y escritos que sustenten la demanda, o que la desvirtúen; en cambio, la parte oral de estos procedimientos la componen las alegaciones de los abogados de cada Estado frente a los jueces.
Las decisiones que tome la Corte, se deliberarán en privado, y por la mayoría de los votos, y en caso de empate resolverá el Juez Presidente (Rosalyn Higgins, Reino Unido), o quien lo remplace.
Para los trámites del proceso, como el plazo para dar pruebas, para dictar sentencia o para recibir a peritos o testigos, no se establece un tiempo único, por lo tanto el juicio puede durar varios años.
4° La resolución:
La sentencia del caso será leída en audiencia pública, será un fallo motivado (explicado punto por punto), y su decisión será detallada en cuanto a los votos a favor y en contra de cada una de las peticiones que fundamentan la demanda.
Las sentencias de la Corte de La Haya no son apelables, pero se pueden interpretar a solicitud de cualquiera de las partes.
El fallo es vinculante, es decir obliga a los Estados en conflicto a aceptar la resolución y a cumplir el mandato que indique la sentencia, es por esto la importancia de la Corte de La Haya, ya que no es un órgano consultivo (en ciertos casos actúa como tal), sino que un Tribunal como conocemos comúnmente, y puede obligar y sancionar a los Estados que no cumplan sus decisiones.
Para poder impugnar esta sentencia corre un plazo de 10 años desde su dictación, para así poder ser revisada y eventualmente modificada conforme al derecho internacional.
5° Diccionario para entender este conflicto:
Territorio: comprende el suelo, subsuelo, el espacio aéreo y algo de mar.
Zona Económica Exclusiva: Espacio situado mas allá del mar territorial (territorio marítimo hasta 12 millas desde la costa), y de la zona contigua (12 millas posteriores al mar territorial) y donde el Estado ribereño tiene derechos de soberanía para fines de exploración, explotación, conservación y administración de los recursos naturales. Se extiende hasta 200 millas marinas comprendiendo el mar territorial y la zona contigua.
Líneas de Base: aquellas que se utilizan con el objeto de determinar la extensión de los distintos espacios marítimos de un Estado costero.
ONU: Organización de Naciones Unidas, es una Persona Internacional, no es un Estado, es un sujeto de derecho Internacional, conformado por la asociación permanente de Estados, con un objeto licito, y con facultades que se extienden mas allá de los sistemas propios de cada país.
CONVEMAR: Tratado Internacional, uno de los mas importantes del mundo, aprobada en 1982.
Limites y Fronteras: El término Frontera, es más amplio y se refiere a una región o faja, mientras tanto que el término Límite, está ligado a una concepción precisa, linear y perfectamente definida en el terreno.
Soberanía: Es una característica del poder de un Estado, la que implica que no reconoce otro poder distinto, que sea igual o superior a el, por lo tanto el poder del Estado Soberano siempre es el mayor centro de impulsión social, político, económico, militar etc.
Consejo de Seguridad de la ONU: Órgano que pertenece a la ONU y cuya función es mantener la paz y la seguridad de los Estados Miembros. Está formado por 15 miembros de los cuales Rusia, Reino Unido, China, Francia y Estados Unidos son permanentes, y los demás los designa la Asamblea General.
La Haya: ciudad de Holanda en la que se alberga la Corte Internacional de las Naciones Unidas, entre otros órganos internacionales, como por ejemplo el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia y la Corte Penal Internacional.
Tribunal Internacional del Derecho del Mar: órgano jurisdiccional que nace a partir de la Convención sobre Derecho del Mar. Se sitúa en Hamburgo, Alemania, y se compone de 21 miembros. Perú no quiso someterse a la Jurisdicción de este Tribunal.
FOTO: http://flickr.com/photos/payacho/
Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de los ciudadanos que los emiten (con nombre, sin pseudónimos). Cualquier opinión que contenga insultos, injurias y/o calumnias no pasará el filtro de moderación.



creo que devemos entregar
creo que devemos entregar arica a bolivia para que se acabe de una vez la desconfianza y futuras guerrasi
me gustaria saber cuales son
me gustaria saber cuales son los tratados que firmo el Peru, para una delimitacion maritima
Bueno, mi opinion al
Bueno, mi opinion al respecto es que los tratados son como compras , es decir una vez que se compró, ya no se aceptan devoluciones, en este caso hay tratados firmados y aceptados tacitamente en su momento por Peru; que despues no les haya gustado por la inficiencia de sus negociadores no es ni culpa ni problema de Chile. El asunto está zanjado, y si como dicen algunos que esta mal medido, o que los vencedores ponen las reglas, es cierto, siempre ha sido asi y lo seguira siendo.
Por lo demás, Chile debe de aceptar la negociacion desde la perpesctiva de que YA ESTA HECHA, es decir no debe de aceptar un nuevo tratado, pues se desvirtua el anterior, y quedaria un muy mal precedente en nuestra historia.
Por otra parte, es verdad lo que dice el señor habitante de Arica, ellos son los que estan haciendo soberania alli,ellos saben objetivamente lo que costaria aceptar una entrega, los de concepcion no tienen idea de lo que es hacer soberania en un lugar donde el agua es escasa, donde todo alrededor es desierto, por eso considero que Arica debe ser la que lleve el estandarte de esta disputa ya que ellos seran los mas perjudicados si se perdiera la demanda, o en el mejor de los casos hubiera un respuesta "salomonica" al problema, esto es que se divida la situacion, nadie gana, mitad pa mi y mitad pa ti, que es algo que muy bien puede pasar.
Mis saludos desde Panamá a todo chilito, y es verdad tambien...debemos de ser mas consecuentes con los esfuerzos y sacrificios de nuestros antepasados, defendamos nuestros derechos, seamos nacionalistas, somos un pueblo prospero, educado, con cultura, demostremosla al mundo, demostremos que Chile se une por chile siempre, no solamente en las desgracias naturales, sino que ante cualquier situacion proveniente del extranjero. Recuerdan lo que paso cuando "encontraron las uvas envenenadas en USA? Chile entero se unio, que lindo fue eso, chile entero dando el todo por chile, asi deberia de ser siempre.
Chile somos todos, defendamos chjile es nuestro unico hogar, nuestro unico pais.
Yo no se hasta cuando
Yo no se hasta cuando algunos siguen con esa mentalidad entreguista, perdedora y mediocre. Me parece que es hora de que nosotros los chilenos queramos un poquito mas a la patria, especialmente los que hemos nacido en lugares limitrifes y sabemos lo que es hacer patria bajo circunstancias dificiles. No tiene nada de malo ser patriota, ojala algunos chilenos fueran la mitad de patriotas que son los peruanos y los bolivianos. Hasta cuando vamos a ser los apocados de latinoamerica?
Hola amigos,
Hola amigos,
Si en Chile la gente tiene completa seguridad que tienen tratados solidos con Peru, no deberian tener miedo al tribunal de la Haya.
Si esta demanda es populista o no, no es importante. La verdad es que no existe una equidad en el Limite maritimo.
Existe tambien un "malentendido" en la frontera terrestre . Dejemos por fin que los jueces se pronuncien.
Saludos
Ruben
Ojala gane COLO COLO,,, el
Ojala gane COLO COLO,,, el unico que hay,, all right
Ahora si. Disintiendo de
Ahora si.
Disintiendo de muchos patrioteros y leguleyos, pues creo que todas los acuerdos "legales" pueden ser revisados, según el contexto social imperante. Primero, y lamentablemente para algunos, está el devenir histórico, luego las leyes.
Independiente de si la demanda peruana nació de un afán populista o de justicia más profunda, no debemos olvidar que siempre los acuerdos despues de una guerra son en demasía injustos y bajo presión desmedida hacia los países perdedores.
Además, las republicas son fenomenos politicos y sicosociales del siglo XIX y XX y nada nos dice que seguirán siendo las instituciones que regiran el mundo en los siguientes siglos.
Desde esta perspectiva, la modificacion propuesta por perú aunque nos duela es geometricamente mas equitativa, si es que tiene sentido tener "derechos" sobre zonas marítimas virtuales.
Tambien es verdad que como no tienen nada que perder estas cortes internacionales estan mas proclives a interpretar politicamente estos vaivenes y tendencias mundiales y como dicen los analistas hay muchas posibilidades que chilito pierda su posicion.
Asi que haganse la idea de que tras este costoso incidente donde los unicos que ganaran en chile, seran los abogados, tendremos nuevos limites, nuevas relaciones y nuevas posiciones reativas.
Adelante patrioteros.
Nuestro gran temor es que,
Nuestro gran temor es que, nuevamente y tal como se ha visto en la historia belica de Chile, tanto con Bolivia como con Perú, es que siempre, Chile es el Gran ganador, ya sea de guerras o de sus posiciones juridicas; pero lamentablemente al momento de defenderla, s las autoridades de Chile se achican
( como es el caso del Tratado de la Paz o la controversia por los Campos de Hielo Sur)
Ahora , la union de fuerzas politicas postulada por nuestro gobierno, para dejar de actuar como gobierno sino en pro del Estado de Chile, es una excelente iniciativa ante este esta amenaza a nuestra seguridad nacional y esperemos... que nuestros litigantes en la Haya, sepan invocar los tratados pertinentes en la materia y recordarle al forum que los tratados prescriben y obligan a quienes los suscriben , y que por cierto el Derecho Inetrnacional Publico, es una rama supra constitucional y que por tanto se impone a los caprichos de los Estado, como en este caso el capricho de Perú de no respetar el Tratado de Lima.
Disintiendo de muchos
Disintiendo de muchos patrioteros y leguleyos, creo que todas los acuerdos "legales" pueden ser revisael devenir histórico, luego las leyes, lamentablemente para algunos.
Independiente de si la demanda peruana nació de un afán populista o de justicia más profunda, no debemos olvidar que siempre los acuerdos despues de una guerra son en demasía injustos y bajo presión desmedida hacia los países perdedores.
Además, las republicas son fenomenos politicos y sicosociales del siglo XIX y XX y nada nos dice que seguirán siendo las instituciones que regiran el mundo en los siguientes siglos.
Desde esta perspectiva, la modificacion propuesta por perú aunque nos duela es geometricamente mas equitativa, si es que tiene sentido tener "derechos" sobre zonas marítimas virtuales.
Tambien es verdad que como no tienen nada que perder estas cortes internacionales estan mas proclives a interpretar politicamente estos vaivenes y tendencias mundiales y como dicen los analistas hay muchas posibilidades que chilito pierda su posicion.
Asi que haganse la idea de que tras este costoso incidente donde los unicos que ganaran en chile, seran los abogados, tendremos nuevos limites, nuevas relaciones y nuevas posiciones reativas.
Adelante patrioteros.