Sepamos Más Sobre Fonasa y Nuestros Derechos

11 Agosto 2008
¿Está en Fonasa y no conoce sus derechos? devele los misterios del sistema público de salud en la siguiente nota. Por Sergio Vásquez Ochoa
Sergio Vásquez Ochoa >
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Por ser un tema de real valía, para todas las personas que solicitan atención en los consultorios municipales o en nuestro Hospital, pasamos a describir e intentar explicar en forma clara, los deberes y derechos de los ciudadanos.
Qué es ser beneficiario de Fonasa
De acuerdo a lo definido en la Ley de Salud, podríamos clasificar en dos grupos los beneficiarios de salud.

1.- Los que imponen en Fonasa
Aquellas personas con empleador o los imponentes particulares (incluidas sus cargas), que de acuerdo a sus ingresos se clasifican en:
Grupo B = $ 159.000
Grupo C = $ 159.001 - $ 232.140
Grupo D > $ 232.140
Valores vigentes al mes de agosto 2008 y seguramente válidos hasta el próximo año.
2.- Los que no imponen en Fonasa:
Los clasificados como grupo A. Lo conforman quienes reciben pensión asistencial, subsidios familiares, aquellos ingresados al sistema carente de recursos, que se emiten en los consultorios de atención primaria.
Igualmente los beneficiarios del PRAIS.
Es importante señalar, en la práctica, que muchas personas con discapacidad no son consideradas automáticamente como Grupo A, salvo que hayan tramitado una Pensión asistencial, por ejemplo. Por este motivo sugerimos a los familiares, acudir a su Consultorio de Atención, para revisar su situación previsional y regularizar si corresponde.
En resumen, son beneficiarios Fonasa, las personas que imponen y sus cargas, además todos los clasificados como grupo A. (I y II)
Recomendaciones importantes a los usuarios en la salud pública:
Cesantes
Se recomienda ir a Fonasa (Colón con Sotomayor) para lograr el bloqueo de su situación. Luego a consultorio de atención primaria, para lograr su calificación en el Sistema carente de recursos. Esta función la cumplirá la unidad de calificación , incluyendo a todo su grupo familiar, incluso a quienes viven en el mismo hogar y dependan de su sustento.

Cesante y afiliado a Isapres
Aquellas personas, con cesantía y que estuvieran afiliadas a Isapres, al momento de su finiquito laboral, deben acudir a la brevedad y solicitar la desafiliación, para evitar posibles cobros de imposiciones por parte de la Isapre.
Hay casos dramáticos de cobros en ésta condición, por no avisar oportunamente a la Isapre.
La prolongación de sus derechos en la Isapre es habitualmente de 30 días. Completado ese tiempo debe acudir con la carta de desafiliación de la Isapre a Fonasa, para solicitar el bloqueo de su previsión y luego al consultorio, para obtener la clasificación grupo A (carente de recursos), que se realizará en la unidad de recaudación.
Otros beneficios de Fonasa:
En el tiempo se han implementado diversos beneficios a los usuarios Fonasa, entre ellos tenemos :
Adulto Mayor
Cuando un imponente sea grupo C o D, o su carga – cumpla 60 años – pasa a ser clasificado como Adulto Mayor, libre o exento de pago.
3 o más cargas
Si un imponente completa 3 o más cargas, por esa razón pasa a tener la calificación previsional anterior. Por ejemplo un Grupo D pasa a ser C; un grupo C, pasa a ser grupo B.
AUGE o GES
Aparte de los beneficios anteriores, tiene el beneficio de las garantías AUGE (Ver nota: El Auge y los derechos Ciudadanos)

Otras recomendaciones:
* Acudir siempre al menos con su cédula de Identidad a los consultorios u hospital, para se debida acreditación. Es parte de sus obligaciones.
* Consulte en las OIRS (Oficina de Información, Reclamos y Sugerencias)
* En el caso de los recién nacidos, acudir a la brevedad a Registro civil, para la inscripción del menor, luego a Fonasa o Isapre según corresponda.
* En casos de hospitalización, tiene derecho a Préstamo Fonasa (6 meses de antigüedad) Acuda oportunamente a Fonasa, para conocer los requisitos y el trámite y evitará problemas de última hora.
* Los beneficiarios Fonasa (A, B, C y D) están exentos de pago en los consultorios de atención primaria. Sin embargo en el Hospital los Grupos C y D, deberán cancelar el 10 y 20% del arancel institucional vigente. Igualmente los imponentes Grupo B, deben cancelar solamente el servicio dental, en atención hospitalaria.
* Las buenas maneras, siempre ayudarán a una buena relación usuario – funcionario. Un ¡¡¡ Buenos días!!! siempre nos hará bien a todos.
Solicitamos a los lectores, realizar consultas, en este espacio ante dudas sobre atención hospitalaria, inherente el tema tratado, a fin de lograr la mejor orientación posible.
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Comentarios

Imagen de Ximena Galleguillos

SR. VASQUEZ, SI UNA PERSONA

SR. VASQUEZ, SI UNA PERSONA TIENE EL PRAIS Y PARALELO A ESO TIENE ISAPRE ¿TIENE QUE CANCELAR POR LA ATENCION DE URGENCIA EN EL HOSPITAL?

LE AGRADECERIA ME PUDIERA ILUSTRAR AL RESPECTO.

Imagen de SERGIO VASQUEZ OCHOA

Don Jorge Fritz W., muchas

Don Jorge Fritz W., muchas gracias por sus amables palabras. Disfrute su hermosa Regiòn de los Lagos.

Encantado de poder contribuir aunque sea con un grano de arena. Lo seguiremos haciendo, hasta que las velas no ardan.

Reciba mi saludo afectuoso, desde este extremo Norte - Arica

Imagen de SERGIO VASQUEZ OCHOA

Yasmin:...tienes razon. Asì

Yasmin:...tienes razon. Asì es.

Todos los beneficiarios de Fonasa....Sean Grupo A - B - C y D...tienen derecho a un exàmen de medicina preventiva una vez al año.

Los exàmenes, dependeràn del paciente, su edad por ejemplo.

Se deben tomar en el Consultorio de Atenciòn Primaria, donde te atiendes.

Saludos amiga,

Imagen de Jorge Fritz Weldt

Mi muy estimado don

Mi muy estimado don Sergio:

Le escribo esta breve nota sólo para felicitarlo por su

humana labor que nos permite a los usuarios de

Fonasa,con casos prácticos, conocer nuestros derechos ante este servicio estatal. Reciba ud. mis

honestas felicitaciones por su trabajo de difusión.

Le saluda Atte. Jorge Fritz Weldt. RUT 4640410-6.

Paillaco,abril 2010.

Imagen de SERGIO VASQUEZ OCHOA

ERICA, me permito aclararte,

ERICA, me permito aclararte, por parte.

1.- El descuento en salud es legal y por lo tanto no se puede eludir.

Eso es distinto de los derechos en salud pùblica que efectivamente a los 60 años.....pasana ser gratis..sea el inponente Grupo C ò D.

Otra cosa - es aspirra - loq ue comparto que la persona que jubila...deje de pagar el 7% en salud, al menos en forma progresiva.

2..- Boleta y quiere ser Fonasa A.

es un tema de conceptos de fondo. Fonasa A, es para quien està cesante.

Quien boletea - està trabajando - no està cesnate por lo tanto. El sistema se creò para proteger a quien no tiene trabajo.

Por ello, digo que quien boletea - debe hacer sus imposiciones en forma voluntaria. Asume los derechos como imponente y se clasificarà mcomo B - C ò D. Ademàs que puede sacar bonos en Fonasa.

Espero haberte aclarado tus dudas.

Imagen de SERGIO VASQUEZ OCHOA

FERNANDO JAUREGUIZAR, te

FERNANDO JAUREGUIZAR, te aclaro:

El beneficio del adulto Mayor - opera cuando la persona es atendido en consultorio u Hospital pùblico. Efectivamente, alli tiene gratuidad en toda su atenciòn.

Tu hablas de servicios en calidad de Libre Elecciòn - cuando sacas bono para atenderte en Clìnica privada y alli debes pagar. No opera en este caso el beneficio del Adulto mayor.

Imagen de yasmin lanas

Necesito saber que hay de

Necesito saber que hay de cierto en lo que averigue:

que todos los beneficiarios de fonasa tienen derecho a un chequeo anual gratis, y si es asi, donde y como lo hago, y de que se trata este chequeo.

Imagen de Erica

Estimados, os ruego

Estimados, os ruego aclararme un par de dudas.

Mi papá trabaja y aún no puede jubilar por tema de plata, el tiene 66 años y le descuentan fonasa D, la verdad quye es mucho lo que le descuentas, y me gustaría saber como lo puede hacer él para dejar de pagar fonasa ya que es adulto mayo, y como tu dices que por Ley el deberìa estar exento.

Lo otro es como lo puede hacer una persona que boletea, y jamas ha tenido una imposiciòn para poder tener fonasa A?

Espero que pueda aclarar mis dudas. Saludos.

Imagen de Fernando Jaureguizar

Segun la Ley, los Mayores de

Segun la Ley, los Mayores de 60 años pasan a ser clasificados como Adulto Mayor libre de y exentos de pago.

A que se refiere eso? he tenido que hacerme un Peril Bioquimico y una ecotomografia de chequeo y el bono me costo mucho mas de lo que cancelalaba en la Isapre, soy Grupo D???????????????

Imagen de cecilia ...

tengo una gran duda ?? mira

tengo una gran duda ?? mira mi pareja reconocio a mi hijo y lo tiene como carga en fonasa solo para salud yo puedo seguir cobrando mi subsidio unico familiar..

Imagen de roberto

a mi me acogen las leyes

a mi me acogen las leyes 16744 y segun lo que e leido yo estoy exento de que se me descuente el 7%

de fonasa mientras que en la realidad desde que quede discapacitado en el año 1996 y posterior llegada de mi pension se me descuenta este porcentaje mi consulta se basa a si estoy exento de pago por que me descuentan

Imagen de SERGIO VASQUEZ OCHOA

Eduardo, me atrevo a dar

Eduardo, me atrevo a dar respuesta a tus inquietudes y aportarte otros antecedentes que a lo mejor ayudan o apoyan si lo estimas conveniente.

La salud, es un problema muy complicado incluso para paìses poderosos como EE.UU. y de Europa. Hay graves problemas que no han podido resolver a la fecha. Los indocumentados, los cesantes -la alta,longevidad de sus hab¡tantes, una tecnologìa mejor, pero por lo mismo màs cara. La lucha por los Pptos., versus otros ministerios.

2.- Los exàmnees que señalas...me parece una necesidad clìnica or proteger tu salud y ver tu estado para una In. Q. eso lo debes entender, por un sentido de protecciòn a tu persona.

3.- Progra,a Fonasa. estas hablando de uar el sistema de Pensionado y en el el sistema te apoya aporte del 50% de los costos totales, con una opciòn de prèstamo Fonasa, que no tienen intereses.

4.- NO todo es GES o AUGE. Efectivamente, no todo es AUGE, pero debes entender igualmente que los recursos son escasos...para cubrir el 100% lo que casi es un sueño, por el tema del PROBLEMA ECONOMICO ( Las necesidades son muchas y los recursos limitados)

5.- Informaciòn en Fonasa sobre los procedimientos. En este aspecto, no puedo juzgar lo que no se de otras ciudades. Sin embargo veo esfuerzos, por apoyar - con uan web de Fonasa que da respuesta a tus consultas. Y lo señalo porque nhabitualmente consulto y tengo respuestas incluso en ocasiones via cartas a domicilio.

Igualmente hay un tema de PARTICIPACION CIUDADANA. Nosotros tenemos no sòlo derechos - y espero no te molestes por esta observaciòn...sino TAMBIEN OBLIGACIONES.... LA DE PROPONER POR EJEMPLO MEJORAS DONDE ESTIMEMOS FALLA EL SISTEMA O LAS PERSONAS.

Tenemos que participar y promover la participaciòn entre nuestros con- ciudadanos. nO digo que todo sea perfecto, ni soy partidario de nada, salvo de los intereses de la comunidad.

Por lo antes señalado y por lo que observo a diario en mi trabajo, aporto humildemente con mis observaciones; por ej. que los sistema Chile Crece. no tiene cruzada la informaciòn con Fonasa, para calificar a las familias como grupo A....lo que es un vacio; los beneficiarios PRAIS, no cruzan paralelamente con Fonasa esat condiciòn - lo que tmabipne genera problemas a las personas al momento de su calificaciòn Previsional; las personas con SUF...sub. familiar - en sus colillas de pago, no figuan los hijos con sus rut, lo que les podrìa aliviar sus gestiones en su calificaciòn previsional en los hospitales, por ej. pero eso debemos expresarlo en forma escrita.

Hay una vieja frase a la cual recurro permanentemente - en nuestars notas sobre participaciòn :

CRITICAR AL ESTADO ES TU DERECHO, PERO NO OLVIDES QUE EL ESTADO ERES TU.,

Bueno, ese es mi pensamiento y agradezco tu sinceridad en la opiniòn.

Imagen de Eduardo

Como informacion general

Como informacion general esta muy bien; sin embargo, no menciona los tipicos detalles que muestran que esto no es una gran maravilla para todos; excepto para los indigentes. Hace poco me tuve que realizar una simple operación de extirpación de la vecicula. Asistir a operarte al hospital no es tan simple porque primero tienes que ir a que te hagan una cantidad considerable de examenes; enseguida debes pagar el programa en fonasa y es aqui donde comienza tu penuria. Esta operacion tiene un "Precio" de $ 1.146.130, de los cuales, si eres un trabajador esforzado (estas en nivel D), tienes que pagar de tu bolsillo $ 687.680. No todas las afeccciones estan en el auge, ademas que este plan es discriminatorio porque se aplica solo a los trabajadores de 19 a 49 años de edad. Otro elemento que te desanima es la gran desinformacion de la gente de Fonasa y de los hospitales respecto a los procedomientos a seguir para atenderte. En este caso pasas a convertirte en una pelota de tenis de mesa. Te mandan de un lado para otro. Al final, lo que mas te conviene es conseguirte un cheque y pagar como usuario libre y luego tramitas la burocracia de Fonasa....Atte...Eduardo

Imagen de Patricia

Sergio, no tengo pregunta.

Sergio, no tengo pregunta. Leí tus respuestas y solo deja decir que te pasaste. fELICITACIONES !!!

Imagen de SERGIO VASQUEZ OCHOA

Josè, me parece que tu

Josè, me parece que tu propuesta es legìtima. Desde una perspectiva hay una discriminaciòn con personas calificadas en el rango de BENEFICIARIOS, pero supeditados a la atenciòn institucional.

Estamos conscientes que desde nuestra perspectiva....la atenciòn institucional es lenta por diversas y razonables razones...Y que pasa con la vida del paciente grupo A...sin un familiar directo, po ej. hijo o hija,...es imponente Fonasa...debiera legislarse para que al menos en esos casos - se pueda comprar bono, dadas la razones de salud del paciente.

Tema del legislativo...de la comisiòn de salud, para ir perfeccioonando la ley de salud.

Imagen de Jose Vargas

ME PARECE INJUSTO QUE FONASA

ME PARECE INJUSTO QUE FONASA A TENGA QUE ATENDERSE EN FORMA PARTICULAR SI ES QUE NO QUIERE ESPERAR MAS DE DOS AÑOS PARA UNA OPERACION YA QUE EN FONASA A DAN HORA CADA 3 MECES Y HORA PARA OPERAR DESPUES DE UN AÑO YO EN LO PERSONAL ESPERE APROX. 7 AÑOS PARA UNAS PROTESIS DE CADERAS LOS FONASA A DEBERIAMOS COMPRAR BONOS = QUE LOS DE LA B O ALGO DISTINTO PERO NO PAGAR TANTO POR QUE SE SUPONE QUE SOMOS POBRES PERO PARA MI AL MENOS EL GASTAR EN MI SALUD ES UNA INVERSION

Imagen de SERGIO VASQUEZ OCHOA

Esteban Salas, bien por tu

Esteban Salas, bien por tu espiritu solidario, pero falta màs informaciòn y especificaciòn del caso.

Imagen de esteban salas

la verdad es para ayudarle a

la verdad es para ayudarle a mi amiga, ella es sicologa y la secretaria del centro medico le cobra como $50.000, por hacerle el tramite de pago de los bonos, cantidad que considero elevadisima, si apenas recine lleva un mes tranbajando, yole pido ayuda para ayudarle a mi amiga, asi, simple y directo.

Gracias.

esteban salas

Imagen de SERGIO VASQUEZ OCHOA

Lisette V., disculpa......te

Lisette V., disculpa......te aclaro :

Tienen derecho a comprar BONOS EN FONASA, quienes impongan y sus cargas familiares y se clasifican como B - C o D.

Por lo tanto quien no imponga - y es calificado como grupo A - tiene atenciòn gratuita en la salud pùblica - Consultorios y hospitales, ...pero no puede sacar bonos......si gana ej. $ 100.000 debiera imponer...pero como no impone.....esa es la idea o La Ley.

Saludos,

Imagen de SERGIO VASQUEZ OCHOA

Gislaine, disculpa el

Gislaine, disculpa el tiempo, pero te trato de responder.

Efectivamente - despues de edad - las personas jovenes como tu caso - ya no pueden aparecer como carga Fam. El camino en ese caso, es el que hcistes. Grupo A - carente de Recursos, porque no trabajas.

La nota que rechaza tu Calificación- declara Renta.....es porque en alguna oportunidad trabajastes e imponias legalmente y esa informaciòn quedó.

En ese caso - el calificador debe actualizar tu caso - con documentaciòn que tu adjuntres - por Ej. Certificado de imposiciones de la AFP....Ella reflejará - que efectivamente al menos formalmente no percobes ingresos y ya estas en condiciòn de ser calficada como Grupo A - lo que perdurarà hasta el dìa que impongas.

Si tienes problemas - escribeme a mi correo - checovasquezochoa@gmail. com - y encantado te ayudo a definir tu caso ( Dentro de mi experiencia lasboral - tb. fui Calificador Previsional de manera que entiendo estos procesos.

EL sistema - tiene opciones para brindar salud a los ciudadanos - sòlo hay que conocerlas.

Saludos y que resuelvas tu caso.

Imagen de Gislaine Salamanca

bueno,creo que existen

bueno,creo que existen muchas paginas con muy buena informaciòn ,sin embargo observo que en ninguna se expresa ,la situaciòn de estudiantes y la jurisprudencia. Bueno cumpli 24 años de edad y aunque mis padres impongan estoy bloqueada de FONASA, por lo cual fui a la calificadora de derechos del hospital de mi comuna "Santa Bárbara " para solicitar la reinserciòn al sistema de acuerdo ala postulaciòn de carencia de recursos ,ya que no percibo ingreso alguno (nunca ) a lo cual a mi solicitud , es descalificada por declaraciòn de rentas

¿cual es esa supuesta declaracion ? ahora la pregunta ¿a que grupo pertenesco ?o no tengo derecho a salud, lo que me hace recordar que es una obligación del estado brindar algo tan basico como la salud .

Quiero obtener informaciònhacerca de que hacer y donde apelar a esta situacíon que considero injusta y un abuso ... l

Imagen de Lissette V.

Felicitaciones

Felicitaciones Sergio,

Encontre este articulo en Google porque estaba buscando la clasificacion por grupo. Como la informacion la ingresaste en agosto el corte de mantiene hasta esta fecha??

De ser así todas las personas que perciban ingresos menores a 159.000 (sueldo min.) corresponden a grupo A, tienen derecho a la compra de bonos??

Sergio te agrdecería tus respuestas y nuevamente felicitaciones, considero que son pocas las personas que entregan informacion de esta manera tan dinamica.

Saludos

Imagen de Sergio Vàsquez Ochoa

Rodolfo, La Ley 18.469 de

Rodolfo, La Ley 18.469 de Salud, en su artìculo 33º señala :

.".......Se entenderá que constituyen ingresos los sueldos, Sobresueldos, comisiones, participaciones,

Gratificaciones o cualquier otra asignación o

Contraprestación en dinero pagada por servicios

Personales, pensiones, montepíos, honorarios

Provenientes del ejercicio de profesiones liberales o de cualquier profesión u ocupación lucrativa y en

general, toda utilidad o beneficio que rinda una cosa O actividad, cualquiera que sea su naturaleza, origen o denominación.

No se considerarán ingresos para los efectos de

esta ley, aquéllos señalados en el artículo 17° de la

Ley sobre Impuesto a la Renta, con excepción de los

N°s. 17, 19, 26 y 27 y de las situaciones indicadas en

el artículo 18° del mismo cuerpo legal.

Tampoco se considerarán como ingresos, las asignaciones de movilización, de pérdida de caja, de desgaste de herramientas, colación, viáticos y las prestaciones familiares legales.

En el caso que ambos cónyuges sean afiliados, sus

hijos y demás cargas de familia se considerarán

pertenecientes al Grupo que corresponda al cónyuge cuyo ingreso mensual sea más elevado, aunque el otro cónyuge perciba las respectivas asignaciones

familiares.

Esa es entonces la base, para calificar o determinar los Grupos B, C o D.

Imagen de Rodolfo Troncoso

Excelente nota, educativa y

Excelente nota, educativa y muy didactica. Ojalà me pudiera aclarar que ingresos considera Fonasa para calificar como Grupo B, C o D. Es cierto que se cuentan todos los ingresos del sueldo. Gracias amigo Vàsquez, por su aclaraciòn.

Imagen de Sergio

Marcos :

Marcos :

EL hecho de ser grupo B, ya implica que está libre de pago. Versus C y D - que cancelaban 10 y 20% respectivamente.

Más claro. Igual el grupo B, pasaría a ser grupo A... Adulto Mayor....liberándole de un potencial pago en servicio dental ( Allí paga el 30% del arancel institucional vigente ).

Insisto en señalar, que es quien cumpla los 60 años - y si el imponente los cumple, bien. Si su carga no los cumple mantiene su previsión original. Asum,e el beneficio cuando cumpla los 60 años

Respecto a su liberación de imposiciones ( Grupo B) la normativa no se extiende a tal beneficio. Ya que al dejar de imponer - se limita su capacidad de poder comprar bonos en Fonasa, para el uso de la modalidad Libre elección, que tiene sus beneficios también en cuanto a la aportunidad de atención y a elegir al profesional que estime conveniente.

Gracias, por su consulta y de poder apoyarle.

Imagen de Sergio Vàsquez O.

Respecto a la consulta de la

Respecto a la consulta de la Sra. Sabina, me atrevo a sugerir que acuda a la oficina del PRAIS - 18 de septiembre 1629 ( Al lado de la 3era. Cìa. de Bomberos ) Allì debieran orientarla nuevamente acerca del tema del carnè pendiente.

Insisto no tiene problemas actualmente por atenciòn en la salud pùblica, la que no se interrumpe en el tiempo - por su calidad de adulto mayor y ser beneficiaria de Fonasa.

Lo de PRAIS, le sirve para captar otros beneficios propios del sistema que se otorgan regularmente, en este Programa.

Imagen de Marcos Cisternas

Don Sergio: Ante todo,

Don Sergio:

Ante todo, felicitaciones por su aporte desinteresado al conocimiento público sobre los derechos de los usuarios de FONASA.

Mis preguntas:

1.- Ud. señala: "Cuando un imponente sea grupo C ó D, o su carga, cumpla 60 años, pasa a ser clasificado como Adulto Mayor, libre o exento de pago" ¿Qué pasa con el grupo B?

2.- Por el hecho de estar exento de pago, ¿significa que tampoco debiera seguir imponiendo y estar prácticamente en al Grupo A? En otras palabras, ¿cuál sería la diferencia con la calidad de indigente?

Imagen de Alberto

Sr. Vásquez, ustede sí que

Sr. Vásquez, ustede sí que sabe servir en forma muy desinteresada al público ¿ud. es director de fonasa en Arica? Porque considero que esta labor de comunicación la debería hacer el servicio. Esto demuestra el desinterés del los servidores público con la ciudadanía. No es el primer artículo que leo de usted con este tema. Lo felicito, usted siempre de una forma muy desinteresada, explica como profesor nuestros derechos.

También al Diario Ciudadano, al tener esta clase de Reporteros. Felicitaciones.

Imagen de Sergio

Señora Sabina, con mucha

Señora Sabina, con mucha atención le respondó:

Al margen de su condición de beneficiaria de PRAIS, Ud. Es pensionada. por su edad - mayor de 60 años, automáticamente se hace acreedora a una nueva condición previsional : Grupo A - Adulto Mayor, sin ningún tipo de costo de atención en Consultorio de Atención Primaria, ni Hospital.

Paralelo a este beneficio - de acuerdo a sus palabras...Si era pensionada - igual puede sacar bonos en Fonasa, por atención médica.

Le estaremos aclarando vuestra situación del PRAIS, para guiarla en sus trámites que le permitan obtener la credencial solicitada.

Imagen de Sabina Salinas Bravo

¡ muy valiosa información!

¡ muy valiosa información! soy usuaria de hospital y consultorio, pero, tengo unas dudas con respecto al Prais, hace algunos meses fui a 18de septiembre por el carné, me dijeron que debía de llegarme una carta de la presidenta, no ha llegado, ahora, otras personas me dicen que tengo que sacar dicho carné, sino, voy a tener problemas, que no puedo seguir con el de fonasa. Era jubilada por vejez, ahora tengo la de exonerada, ¿me puede orientar, por favor?