Municipalidad deberá pagar Indemnización

La Corte Suprema, en un fallo que dicta jurisprudencia en esta ciudad, condenó a la Municipalidad de Arica a pagar indemnización cercana a los $ 4.000.000 a ariqueño que sufrió un accidente con diversas lesiones a raíz de mal estado de vereda.
Imagen de Iván De la Cerda B.
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02 de Octubre, 2008 18:10

Don René H. Sánchez Sánchez, es comerciante en la calle Maipú, por lo que habitualmente transita desde un estacionamiento hasta su negocio, por la calle O’Higgins a la altura del Edificio del mismo nombre, lugar donde hace exactamente cuatro años ocurrió el accidente.
Lo ubicamos en su local comercial, pero nos dio las excusas por no aceptar la entrevista, ya que no quiere más exposición, - se mostró bastante nervioso - sin embargo reconoció que le había sorprendido el fallo, ya que tenía perdidas sus esperanzas luego del fallo de la Corte de Apelaciones.
Sánchez contó que el mayor daño lo sufrió en su pierna izquierda, donde hoy tiene 6 pernos que le recuerdan el mal momento vivido luego del accidente. Por lo que el fallo le devuelve al menos los gastos realizados en su recuperación.
En fallo unánime, los ministros Adalis Oyarzún, Pedro Pierry, Haroldo Brito y los abogados integrantes Domingo Hernández e Ismael Ibarra acogieron el recurso de casación presentado contra el fallo de la Corte de Apelaciones de Arica que había negado el pago de la indemnización respectiva.
La resolución establece que el municipio deberá cancelar $ 426.927.- por daño emergente y $ 3.500.000 por daño moral a René Humberto Sánchez Sánchez, quien el 4 de octubre de 2004 sufrió una caída en la calle O\'Higgins - entre Lynch y Baquedano - de la capital de la actual Región de Arica y Parinacota.
La sentencia de la Corte Suprema determina que los municipios son responsables por la manutención del buen estado de las veredas, por lo tanto existe una falta de servicio evidente al no cumplir con esta obligación.
El argumento principal del fallo expresa: "Las municipalidades tienen el deber de administrar adecuadamente los bienes municipales y los bienes nacionales de uso público. Este deber de administrar implica, desde luego, emplear el celo adecuado en el cuidado, conservación y manutención de dichos bienes, no solo para conservar la integridad de los mismos, sino también para evitar daños en los de los privados o lesiones a las personas usuarias de ellas. En este ámbito se inserta la obligación específica de esas corporaciones de mantener el tránsito expedito y en condiciones de seguridad para los peatones que se desplazan por las aceras y, en caso de encontrarse en mal estado, advertirles del riesgo que ello trae consigo, implementando mecanismos adecuados de señalización al efecto".
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Un Comentario

Imagen de Marcelo Mel

"Las municipalidades tienen

"Las municipalidades tienen el deber de administrar adecuadamente los bienes municipales y los bienes nacionales de uso público.....

pfff, habría que hacer una gigantografía con esas palabras y colocarla frente a la municipalidad.. o bien al futuro alcalde que se las memorice y las repita el día que asuma....

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