Tesoreria General de la Republica: Hasta 36 meses de plazo para pagar deudas tributarias morosas

30 Noviembre 1999
Es importante señalar que esta facultad entró en vigencia desde el 1 de julio y regirá hasta el 30 de junio del año 2011. Por Elias Lafferte
Elias Lafertte >
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El 17 de agosto del año 2010 se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 20.460 que en su artículo único amplía el plazo e introduce modificación al art. 192 del Código Tributario, que faculta a la Tesorería General de la República para otorgar facilidades de pago a los contribuyentes morosos en sus impuestos Fiscales y/o Territoriales, y así, aliviar la carga financiera de personas y empresas, aumentando el plazo tope de un año, a un máximo de 36 meses, cuyas cuotas periódicas pueden ser fijas o variables. Para acceder a este beneficio, los impuestos adeudados deben encontrarse girados hasta el día 30 de junio de 2010, y sujetos a cobranza administrativa o judicial, así lo informo el Tesorero Regional Elias Lafertte M.
Para acceder a las facilidades de pago, sin embargo, se establecen ciertas condiciones, una de ellas es que en el momento de suscribir el convenio de pago con Tesorería, el contribuyente deberá enterar la primera cuota al contado.
Es importante señalar, que los contribuyentes pueden efectuar sus pagos de deudas fiscales o territoriales a través de nuestra página web www.tesoreria.cl, como así también obtener mayor información, o bien llamando a la Mesa de Ayuda de la Tesorería General de la República, al teléfono 768 98 00 o en la Tesorería Regional de Arica ubicada en calle Arturo Prat 305 en horario de 8:30 a 14:00 hrs. de lunes a viernes.
Foto: revista.peruanosenusa.net