Nueva Ley Penal Juvenil Toma Forma

31 Agosto 2006
En el NAC partió ciclo de capacitación del Injuv y Sename
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Como una actividad que marcará precedentes en la puesta en marcha de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA) se definió el seminario denominado “Jóvenes y la nueva legislación penal juvenil”, dictado por el Instituto Nacional de la Juventud (Injuv) y el Servicio Nacional de Menores (Sename) a estudiantes de enseñanza media del North American College (NAC).
El encuentro se desarrolló este miércoles en el Salón Auditorio del establecimiento bajo una modalidad interactiva, en la que el objetivo fue informar a los jóvenes sobre los alcances que tiene el nuevo marco legal.
Según explicó el director regional del Injuv, Cristián Cruces, este es un trabajo que ahora comenzó con medio centenar de alumnos del NAC y que se replicará en todos los establecimientos de enseñanza media de la región hasta antes de que entre en vigencia la nueva ley, el 7 de junio de 2007.
Por su parte, el director regional del Sename, Mario Kendall, felicitó a los estudiantes por el interés mostrado en el taller de capacitación, y recordó que hoy continuará el ciclo con estudiantes de educación superior.
ASPECTOS TECNICOS
El encargado de informar sobre los aspectos técnicos de la LRPA fue el asesor jurídico del Sename, Jaime Lagos, quien entregó una particular mirada sobre este innovador sistema legislativo que se comenzará a aplicar en todo el país, que si bien en su estructura involucra a muchos profesionales adultos, atañe principalmente a jóvenes y adolescentes.
Entre los principales puntos abordados en el seminario, destacan los contenidos y propósitos que tiene la ley y que hacen referencia a la responsabilidad penal por los delitos cometidos, responsabilidad del Estado ante los actos que revisten carácter de crimen o simple delito y énfasis en la reinserción social, que incluye un programa de desarrollo personal.
Además, en la capacitación se explicó sobre las medidas privativas; que se harán efectivas a través de centros de internación provisoria, de cumplimiento de condena y semicerrado, y las no privativas de libertad; que se refieren a la libertad asistida especial, prestación de servicios comunitarios, reparación del daño causado, multa y amonestación.

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