Ley de "Protección de la Capa de Ozono"

22 Enero 2007
Ahora los trabajadores que laboran expuestos al implacable sol, no sólo se protegen con filtros solares, sino que también con una Ley.
Marcela Nangarí >
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Tal como les hemos venido informando, la radiación solar en estos tiempos es un real problema de salud para los chilenos, especialmente en las Regiones I - II – III – VI – VII – XI – XII y Metropólitana.
Es por este motivo que con fecha 23 de Marzo del año 2006, se promulgó la Ley Nº 20.096 sobre "Ley de Protección de la Capa de Ozono", la que en su Artículo 19 dice: "Los empleadores deberán adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente a los trabajadores cuando puedan estar expuestos a Radiación UV". El contrato de trabajo o el reglamento interno deberá especificar "el uso de los elementos protectores".
En relación a la medición del índice UV, el Artículo 18 de esta Ley señala: "Los organismos públicos y privados que midan radiación ultravioleta lo harán de acuerdo con los estándares internacionales y entregarán la información necesaria a la Dirección Meteorológica de Chile para su difusión. Estos informes deberán expresar el índice de radiación ultravioleta según la tabla que establece para estos efectos la Organización Mundial de la Salud, e indicarán, además, los lugares geográficos en que se requiera de protección especial contra los rayos ultravioleta".
Debido a la urgencia de hacer conciencia en la población respecto de los daños irreparables que ejerce el sol sobre nuestra piel, se han hecho cargo de la educación la Sociedad Chilena de Dermatología y Venereología, a través del Comité de Fotobiología representado por su presidenta, la Dra. Orietta Gómez y el Comité Intersectorial de Fotoeducación en Arica a través de su presidenta, la Dra. María Cristina Araya Vascopé; quienes nos entregan las siguientes recomendaciones:
1. Evitar la exposición innecesaria a la radiación ultravioleta a las horas de mayor incidencia de la misma, vale decir entre las 11am. y las 15pm.
2. Usar lentes con filtro UV
3. Usar una visera con filtro UV adherida al casco no inferior a 7 cm. de ancho, y en el resto del contorno, un implemento de "tipo legionario" que cubra cuello y orejas, también con filtro UV.
4. Mangas largas y cuello de tipo redondo (cuello polo) y pantalones largos, todos de material permeable para evitar la sobrecarga térmica.
5. Disponer de zonas sombreadas en las áreas de descanso o de distribución de las faenas. A mayor altura esto es más importante, ya que la radiación directa es mayor.
6. Uso de filtro solar

En relación al uso de los filtros solares se recomienda:
1. Deben proteger contra todo el espectro de radiación ultravioleta, vale decir UVA y UVB.
2. Deben preferirse aquellos que contengan por lo tanto filtros físicos, y químicos (orgánicos e inorgánicos) foto-estables e hipo-alergénicos. Además deben ser resistentes al agua y al sudor, ya que las faenas al aire libre son generalmente, "trabajos pesados" .
Por lo tanto la "Recomendación general para un trabajador al aire libre es el filtro Nº 30"; en el caso de aquellos que trabajan en altura o con antecedentes personales de cáncer de piel, la recomendación es el filtro "ultra", vale decir Nº spf50+.
Deseo que esta información les sea de gran utilidad y se cuiden en este verano intenso, especialmente todos los trabajadores que por razones laborales están expuestos a la radiación solar; como los dedicados a la agricultura, los carteros, jardineros, etc. Si por algún motivo, algún empleador aún no aplica la Ley y necesita mayores detalles, contáctese directamente con la Dra. Araya Vascopé, quien le entregará la información necesaria.