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Nueva Justicia para Jóvenes
01 Diciembre 2005
Presidente Ricardo Lagos Escobar ha promulgado nueva legislación que posibilita que menores entre 14 y 16 años puedan ser sometidos a penas de prisión.
Gloria Delucchi >
authenticated user CorresponsalEl nuevo sistema acaba con el sistema de discernimiento para determinar si el menor es imputable.
La nueva ley establece duras sanciones para los adolescentes que se vean envueltos en delitos graves, pero teniendo presente la necesaria reinserción social. La reclusión no podrá ser superior a los 10 años, en el caso de jóvenes entre 16 y 17 años, para los de 14 y 15, no pueden ser superiores a los 5 años de cárcel. Las condenas pueden ser cumplidas en un régimen cerrado o semicerrado en recintos bajo administración del Sename, pero con custodia a cargo de Gendarmería. Se establece, además en cada región un Centro de Reclusión Juvenil para tener acceso a programas y talleres, los cales serán fiscalizados por un juez de garantía.
En los casos de penas no privativas de libertad se contempla la figura de la libertad asistida, en la que el menor estará a cargo de un monitor, a quien debe dar cuenta de sus actividades, prestación de servicios a la comunidad, reparación del daño causado, multas y amonestaciones.
MODERNIZACION DE LA JUSTICIA
Esta nueva legislación debe considerar también la puesta en marcha de un proceso de modernización de las instituciones relacionadas con la justicia, haciendo especial énfasis en la reforma procesal penal, igualmente la reciente entrada en vigencia de los Tribunales de Familia, construcción de infraestructura adecuada y los procesos de rehabilitación de los menores, la colaboración de instituciones especializadas como el Sename, y otras instancias de participación ciudadana, de manera tal que el paso de los menores por recintos carcelarios no sea una carrera al delito, sino una efectiva rehabilitación para su incorporación a la sociedad.