Propaganda electoral: Revisa aquí lo que se puede y no hacer antes de las Elecciones Municipales

23 Septiembre 2016

Comenzó el período de propaganda electoral en espacios públicos y privados autorizados por el Servel. Conoce lo que se puede y lo que no se puede hacer a 30 días de las #Municipales2016. 

El Morrocotudo >
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Si ya viste carteles en las calles de la Región es que, como lo anunciamos durante la semana, este 23 de septiembre comenzó el período de propaganda electoral en espacios públicos y privados autorizados por el Servel.

Es así como un total de 58 son los espacios públicos habilitados en la Región para que, tanto los aspirantes a alcaldes y concejales, instalen su propaganda política hasta el 20 de octubre. 

Lo que se puede y no puede

Asi como se dispone de ciertos lugares, también la Ley N° 18.700 regula lo que se puede y lo que no se puede hacer a antes de las elecciones. 

Según el Manual de Consulta de Campaña y Propaganda Electoral, Elecciones Municipales2016 publicado por el Servel, entre las actividades que pueden efectuar los candidatos y partidos políticos durante el periodo de propaganda electoral, se señalan las siguientes: 

- Continuar realizando todas las acciones estipuladas durante el periodo de campaña electoral: Confeccionar carteles, afiches, letreros o material impreso u otro tipo de objetos informativos, para ser utilizados durante el período de propaganda electoral. Contratar publicidad con medios de prensa incluida la electrónica y/o radioemisoras para difundir avisos durante el periodo de propaganda electoral, siempre y cuando estos medios hayan informado sus tarifas al Servicio Electoral. Encargar y realizar encuestas sobre materias electorales o sociales. Asistir a reuniones de carácter político. Lanzamientos de campañas (sin propaganda), Efectuar visitas al electorado (puerta a puerta). Participación en entrevistas en medios de comunicación.

- Realizar propaganda electoral en las sedes oficiales y las oficinas de propaganda de los partidos políticos y de los candidatos, exhibiendo carteles, afiches u otra propaganda electoral, considerando un máximo de hasta cinco sedes en cada comuna.

- Divulgar resultados de encuestas de opinión pública hasta el décimo quinto día anterior al de la elección. Tratándose de las Elecciones Municipales 2016, la divulgación de encuestas puede realizarse hasta el sábado 8 de octubre.

 

Padrón electoral 

Asimismo, desde el 23 de septiembre  el Servicio Electoral determina y publica en su sitio web el Padrón Electoral con carácter de definitivo y nómina definitiva de electores inhabilitados para sufragar, según señala el artículo 33 de la Ley 18.556.

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