Ojo ariqueños: Último llamado para postular al subsidio de arriendo de sectores medios y vulnerables

16 Octubre 2018

Aquí te contamos qué requisitos debes tener para acceder a este beneficio estatal.

Equipo El Morro... >
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¿Tienen ganas de arrendar, pero no cuentas con el dinero suficiente? Entonces pon atención a la siguiente información, que de seguro te interesará.

Hasta el próximo lunes 22 de octubre se podrá postular al segundo llamado de subsidio de arriendo, beneficio estatal destinado a familias vulnerables y de sectores medios, allegadas y arrendatarias, que necesitan una solución habitacional flexible por un tiempo determinado.

En resumidas palabras, esto consiste en un subsidio de hasta 3,2 U.F. mensuales, esto es $86.654 y hasta completar su valor total de 170 U.F. ($4.656.640), que pueden ser utilizadas de manera consecutiva o fragmentada en un plazo máximo de 8 años, para ser destinado al pago de una renta de arrendamiento.

Al respecto, el seremi de Vivienda, Giancarlo Baltolu, y la directora (s) del Serviu, Nancy Araya, realizaron un llamado a los interesados a informarse en las oficinas del Serviu, ubicadas en 18 de Septiembre 122 o bien a través de este LINK.

Excelente, pero ¿cuáles son los requisitos?

- Tener más de 18 años de edad durante el año del llamado (postulantes nacidos hasta el año 2000 inclusive).

- En el caso de postulantes extranjeros, deben presentar la cédula de identidad para extranjeros vigente.

- La conformación del núcleo familiar debe contemplar, además del postulante, al menos a su cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo.

- En caso de postulante adulto mayor, mayores de 60 años cumplido el año calendario de la postulación, (nacidos hasta el año 1958 inclusive) no es requisito contar con núcleo familiar.

- Pertenecer al 70% más vulnerable de la población, de acuerdo a la calificación socioeconómica vigente.

- Acreditar un ahorro mínimo de 4 U.F. al día de la postulación. Se aceptarán comprobantes de depósito con máximo 30 días de antigüedad. La cuenta debe estar a nombre del postulante, su cónyuge o conviviente civil.

- Declarar el monto total del ingreso mensual del núcleo familiar, incorporado a su declaración de núcleo. Este debe ser de al menos 7 U.F. y no exceder las 25 U.F.

- Por cada integrante del núcleo familiar que exceda de tres, el ingreso máximo mensual del grupo familiar se incrementará en 8 U.F.