¿Qué tal? Mujer retó a alumno por jugar con su hijo en el patio de conocido colegio ariqueño

19 Abril 2018

Corte de Apelaciones falló a favor de madre del menor afectado, quien interpuso un recurso de protección en contra de la recurrida.

Equipo El Morro... >
authenticated user Editor

El miércoles 14 de marzo pasado el alumno J.M.V.G. fue increpado por una apoderada del Colegio Andino, al ser sorprendido jugando con su hijo en el patio de dicho establecimiento educacional.

Debido a lo anterior, la madre afectada concurrió a la Corte de Apelaciones para presentar los antecedentes correspondientes del caso y de esta manera iniciar acciones legales en contra de la mujer en cuestión.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada acogió la acción judicial presentada por la madre del menor y ordenó a la mujer abstenerse de “conductas directas” sobre los educandos del Colegio Andino, sin perjuicio de dar cuenta o formular los reclamos correspondientes a la autoridad educacional o fiscalizadora que corresponda.

Fallo

El fallo sostiene que “negando la recurrida la real existencia de la acción que da origen a este recurso de protección, resulta útil para la resolución de este arbitrio examinar lo que la directora del Colegio ha informado a esta Corte, quien describe como ciertas las conductas atribuidas a la apoderada recurrida”.

La resolución señala que la directora dio cuenta “de llamados de atención a viva voz en forma agresiva al menor respecto de quien se recurre de protección, actitud que pugna con las normas sobre convivencia escolar, máxime si se tiene en consideración que, al menos en dependencias del establecimiento, el orden y la disciplina compete al cuerpo docente y no a los apoderados”.

“(…) La recurrida se ha excedido en sus facultades, vulnerando las reglas de convivencia del colegio, mediante actos de auto tutela que no resultan procedentes”, continúa el fallo.

Éste concluye que “el Colegio Andino, en conocimiento de situaciones como las relatadas en el recurso deberá adoptar las medidas tendientes a evitar eventuales vulneraciones a la integridad física o psíquica de los alumnos a su cargo y adoptar en su caso las medidas o procedimiento que establezca el Manual de Convivencia Escolar”.