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Piñera destaca publicación de la nueva Ley de Quiebras con énfasis en el reemprendimiento

09 Enero 2014
La iniciativa entrará en vigencia dentro de nueve meses y reemplaza a la actual normativa que data de los años ’80.
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El Presidente de la República, Sebastián Piñera, junto al ministro de Economía, Fomento y Turismo, Félix de Vicente, encabezó en el Palacio de La Moneda la ceremonia de publicación de la nueva Ley de Quiebras, que reemplaza a la normativa vigente hasta hoy, que data de 1982.

Ante la presencia de los ex ministros de Economía, Juan Andrés Fontaine y Pablo Longueira, a quienes agradeció por el trabajo realizado en pos de esta iniciativa, el Mandatario resaltó que “es una Ley que va mucho más allá de la quiebra, porque tiene un doble objetivo: el primero, lograr que aquellas empresas o personas que son viables, pero que están teniendo dificultades, tengan un marco jurídico ágil, oportuno y eficaz, para poder llegar a acuerdos con sus acreedores y mantener la viabilidad de esa empresa o de esa persona”.

Agregó que “en aquellos casos en que las empresas son inviables o las personas no son capaces de poder llegar a un acuerdo con sus acreedores, encontrar un mecanismo que permita la solución del problema, disponiendo de los activos, para que esos activos no queden congelados, sino que vuelvan al aparato productivo y para que esa empresa o esa persona tenga una oportunidad de reemprender”.

En esa línea, el Jefe de Estado precisó que la nueva normativa ”se preocupa esencialmente del reemprendimiento y, en los casos en que esto sea necesario, de la liquidación de los proyectos de las empresas o de las personas. Y eso es un enfoque muy distinto a la actual Ley de Quiebras, que se gestó en la década de los ‘80” y que –según recalcó- “necesitaba una profunda reforma”, ya que “estigmatiza al emprendedor, poniéndole todo tipo de trabas para que, después de morir una empresa que no es viable, pueda sobrevivir el emprendedor, que sí puede ser viable”.

El Presidente Piñera señaló que esta iniciativa “entrará en vigencia nueve meses después de su promulgación, para dar el tiempo suficiente de la puesta en marcha y de afinar todos los procedimientos, porque es un cambio muy profundo”.

Precisó que “establece un mecanismo mucho más ágil, oportuno y eficaz para no afectar en exceso a las partes involucradas, al proceso de inversión y al crecimiento de la economía, cuando se producen estas dificultades que son parte natural de la vida de las empresas y de las personas”.

Recordó que “en Chile son miles los trabajadores que pierden sus trabajos debido a quiebras y muchas veces también pierden todos sus derechos. Y por eso la nueva Ley establece una causal objetiva para la terminación del contrato de trabajo, que corresponde al inicio del procedimiento de liquidación, y así le da esa tan anhelada certeza respecto de la fecha de término de la relación laboral, que permite a los trabajadores ejercer sus derechos y también buscar nuevas oportunidades”.

En este contexto, el Mandatario repasó algunas de las iniciativas y proyectos impulsados por su Gobierno en materia de emprendimiento. Puso como ejemplo, la exención de utilidades reinvertidas por las micro, pequeñas y medianas empresas hasta 1.440 UTM; la reducción del impuesto de timbres y estampillas, desde el 1,2 al 0,4%; la Ley que permite crear una empresa en un día; la masificación de la factura electrónica; el sello Pro Pyme; los programas Start-Up, para atraer emprendedores de clase mundial; el Plan de Garantías Corfo; la Agenda de Impulso Competitivo, que contemplaba 60 medidas; la carretera digital; y el Sernac Financiero.

Finalmente, el Jefe de Estado aseguró que, como resultado de todo este esfuerzo, “en estos cuatro años hemos logrado crear 260 mil nuevas empresas o nuevos emprendimientos. Y eso se ha traducido en más 860 mil nuevos empleos, porque los empleos y los emprendimientos van de la mano”.

 

Desde Ley de Quiebras a Insolvencia y Reemprendimiento

Este proyecto fue ingresado para su tramitación legislativa en agosto de 2012 y apunta a modernizar el sistema que posibilita la reorganización y liquidación de activos de empresas y, por primera vez, de personas, ya que contenía una serie de deficiencias que le impedían ajustarse a las necesidades de una economía dinámica y permanente crecimiento.

En nuestro país, los procedimientos de quiebra duran en promedio 4,5 años y representan un costo del 15% de los activos del deudor, mientras los acreedores recuperan cerca del 25% de sus créditos. De hecho, el Banco Mundial sitúa a Chile en el lugar Nº 110, de un total de 183 países, en el ítem Resolving Insolvency, versus el lugar Nº 21 que promedian los países miembros de la OCDE.

Entre sus principales novedades, se establece la creación de una nueva Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, con cobertura nacional y presencia regional, que tendrá carácter de institución fiscalizadora, sujeta al sistema de Alta Dirección Pública, y dependiente del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

Asimismo, se establecen procedimientos adecuados para cada deudor en dificultades, tanto para empresas como personas naturales, mientras que la plataforma electrónica “Boletín Concursal”, a cargo de la Superintendencia del ramo, publicará sin costo todas las resoluciones y actuaciones que se dicten en los procedimientos.

El procedimiento de liquidación de la empresa no viable tendrá un plazo de 7 ó 24 días para iniciarlo, si hay juicio de oposición, y 7 meses para liquidar. En caso de organización efectiva y voluntaria de la empresa viable, el plazo será de 12 días para iniciarlo y 4 meses para acordar la reorganización, con protección financiera de 30 días, prorrogable a 90, con apoyo de acreedores.

Se crea el procedimiento de renegociación, que afecta a personas naturales, tanto trabajadores dependientes como aquellos sujetos de crédito (dueñas de casa, estudiantes, jubilados), quienes por primera vez podrán solicitar voluntariamente someterse a él, al tener 2 ó más deudas vencidas, por más de 90 días corridos, que sumen 80 UF en total.

Por su parte, la liquidación de la persona natural deudora se hará cuando esta mantenga 2 ó más títulos vencidos, pudiendo ser forzada o voluntaria, mediante el procedimiento de realización sumaria de activos en 4 meses.

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