Arica: Ordenan a casa de estudios entregarle el título a egresado pese a deuda

03 Junio 2021
Tribunal fijó un plazo de 30 días para completar el proceso.
El Morrocotudo >
authenticated user Editor
Imagen: Animated Heaven 3d / CC0 Public Domain (referencial).

La Corte de Apelaciones de Arica acogió un recurso de protección presentado por un egresado de la carrera de control de gestión logística y dio un plazo de 30 días al Centro de Formación Técnica de Tarapacá para concluir su proceso de titulación, el cual habría sido condicionado al pago de una deuda arancelaria que se encuentra en cobranza judicial.

En fallo unánime, la segunda sala del tribunal de alzada estableció que el actuar de la casa de estudios vulnera el derecho de propiedad sobre el título y que la institución educacional está obligada a entregárselo al estudiante.

[VER TAMBIÉN] Condenan a Municipalidad de Arica por vulnerar derechos fundamentales de ex director del DAEM [VIDEO]

ARGUMENTOS

La resolución de la Corte de Apelaciones de Arica explica que “el acto considerado por el recurrente como ilegal y arbitrario corresponde al rechazo de la tramitación de su solicitud de titulación y otorgamiento de título, informado mediante correo electrónico de 14 de mayo del año en curso, por mantener una deuda con la casa de estudios correspondiente a repactaciones de saldo de arancel de los años 2015 y 2016, por el monto de $1.045.550”.

Según se describe en el fallo, el Centro de Formación Técnica de Tarapacá, dentro de su argumentación, descartó haber tenido esa postura y aseguró que el e-mail aludido en el recurso sólo contenía la información de la deuda, sin que se le negara al alumno la posibilidad de titularse, agregando que el 28 de mayo envió otro correo aclaratorio en el que sostiene que el certificado de título estaba disponible para su retiro.

No obstante, el tribunal de alzada consideró que “el actuar del Centro de Formación Técnica de Tarapacá, sede Arica, es constitutivo de una vulneración a la garantía constitucional consagrada en el N° 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental, esto es, el derecho de propiedad sobre el título que la referida casa de estudios está obligada a entregar al recurrente, teniendo en consideración que el accionante reúne todos los requisitos curriculares al efecto”.

[VER TAMBIÉN] Condenan agresión a funcionario de la salud en Arica: “Es un hecho repudiable”

Imagen: Animated Heaven 3d / CC0 Public Domain (referencial).