Arica: Corte ordena a Aguas del Altiplano dar solución a vecina con anegamiento de aguas servidas y plaga de baratas

23 Junio 2021
La empresa tiene un plazo de 15 días para cumplir lo dispuesto por el tribunal.
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Foto: USFWS en Pixnio (referencial).

 

La Corte de Apelaciones de Arica ordenó a Aguas del Altiplano dar una solución efectiva y definitiva, en un plazo de 15 días, a una obstrucción del alcantarillado que provoca constantes anegamientos de aguas servidas en una vivienda ubicada en la población Raúl Silva Henríquez, en el sector norte de la ciudad.

Además, la compañía sanitaria deberá sanitizar y fumigar el inmueble debido a la plaga de baratas que esta situación ha provocado en el inmueble.

Así lo determinó, en un fallo unánime, la segunda sala del tribunal de alzada al acoger un recurso de protección presentado por la vecina afectada tras establecer que los trabajos efectuados por personal de la empresa no han tenido la aptitud suficiente para permitir el restablecimiento del normal funcionamiento del sistema de alcantarillado.

DEFENSA DE LA SANITARIA

La resolución consigna que “la recurrida descartó la existencia de una actuación ilegal o arbitraria, argumentando que el personal contratista de la empresa concurrió oportunamente a realizar los trabajos necesarios para desobstruir el alcantarillado de la propiedad de la recurrente y la del pasaje en que se ubica el inmueble, que se procedió a renovar el colector de aguas pese a estar en buen estado, y que la recurrente se ha negado a que el personal de la empresa ingrese a su propiedad para realizar la fumigación respectiva”.

Sin embargo, agrega que “las acciones desplegadas por Aguas del Altiplano, en relación con el sistema de alcantarillado de su propiedad, han sido insuficientes para dar una solución concreta y definitiva a la obstrucción de las cámaras y el consecuente afloramiento de aguas servidas, teniendo en consideración que al menos desde el año 2020, ésta ha puesto en conocimiento de la empresa el problema que la aqueja en varias oportunidades, según da cuenta el historial de requerimientos acompañados al recurso”.

En este sentido, añade que “resulta evidente que las labores de varillaje realizadas por el personal contratista de la recurrida no han tenido la aptitud suficiente para permitir el restablecimiento del normal funcionamiento del sistema de alcantarillado, lo que ha propiciado la generación de una plaga de baratas en la propiedad de la recurrente, con la consecuente afectación de la garantía reconocida en el numeral 1° del artículo 19 de la Constitución Política, esto es, el derecho a la vida y la integridad física y psíquica, al estar expuesta la recurrente y su familia a un riesgo permanente de contraer enfermedades relacionadas con la presencia de aguas servidas en su vivienda y la plaga referida, obligaciones que debe cumplir conforme a las normas que regulan a la recurrida”.

 

Foto: USFWS en Pixnio (referencial).