Ariqueños: Calmados todos, es sólo una cuarentena... ¿Y eso qué significa?

14 Abril 2020

Vamos desenredando el panorama de a poco. Primero respiremos, tomemos aire, leamos con atención y seamos consciente de lo que sucede.

Francisca Gambo... >
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Eran las 11 de la mañana cuando se decretaba Cuarentena Parcial en Arica y la ciudad se volvía un caos, comenzaban a sonar los avisos del WhatsApp, las noticias rápidamente comienzan a llenar el inicio de cuanta red social revisaba y empezaban a brotar las especulaciones por doquier.

Vamos desenredando el panorama de a poco. Primero respiremos, tomemos aire, leamos con atención y seamos consciente de lo que sucede.

Una cuarentena “implica que las personas deben permanecer en sus domicilios habituales hasta que la autoridad disponga lo contrario” y los criterios para decretarla son: la aparición de nuevos casos, la velocidad de la propagación de la enfermedad; la densidad de los casos por km2; el perfil etario de la población del territorio (adultos mayores, personas con enfermedades crónicas) y la vulnerabilidad social (https://www.gob.cl/coronavirus/plandeaccion/).

En primer lugar, la cuarentena comenzará a regir el día jueves a las 22.00 horas (desde el toque de queda), por lo que el viernes será el primer día que no podremos salir de nuestras casas sin un Permiso Temporal Individual.

La palabra “parcial” confundió a muchos, pero esta Cuarentena Parcial se refiere a que su cobertura se restringe al área urbana de la ciudad, y no a la totalidad de la región, dejando fuera de esta medida sanitaria a las zonas rurales. Resumo: La Cuarentena es total y obligatoria a partir del día 16 de abril a las 22.00 hrs. En Arica urbano.

Lo más importante: No se cerrarán Farmacias, supermercados, mercados y/o lugares de ventas de insumos básicos, por lo que el caos no hace falta. Deberemos portar eso sí, un Permiso Temporal Individual, el cual puede ser solicitado de manera remota a través del portal www.comisariavirtual.cl utilizando su clave única o número de serie de cédula de Identidad.

Les cuento que este Permiso Temporal Individual tiene las siguientes características:

  • Sólo puede ser solicitado directamente por quién se traslada en las situaciones indicadas.
  • Estos son personales, únicos e intransferibles. Pierden vigencia una vez vencido su plazo.
  • El trámite autorizado es óolo para una persona.
  • No puede utilizarse como salvoconducto, pues son cosas distintas.

Y los permisos que se pueden solicitar durante estos días que permanezca la cuarentena son los siguientes (mínimo una semana a evaluar el próximo martes):

  1. Asistencia a establecimientos de salud por horas concertadas previamente. 12 horas, permite un acompañante.
  2.  Asistencia a farmacia, supermercados, mercados y/o lugares de ventas de insumos básicos. 4 horas, máximo dos veces a la semana.
  3. Salida de persona con TEA u algún tipo de discapacidad mental que lo requiera. 2 horas, solicitado por cuidador o acompañante, exige credencial de Discapacidad, Certificado de Discapacidad de Registro Civil o Certificado Médico que indique el diagnóstico de TEA.
  4. Paseo de mascotas. 30 minutos, desplazamiento reducido dentro de dos cuadras a la redonda del domicilio, máximo dos veces al día.
  5. Pago de servicios básicos, cobros de pensiones, subsidios o beneficios estatales, seguros de cesantía, gestiones bancarias o notariales. 4 horas, máximo dos veces a la semana.
  6. Retorno al lugar de residencia habitual desde un lugar que se encuentra sujeto a cordón sanitario. 24 horas, y la persona a su llegada debe cumplir cuarentena obligatoria por 14 días.
  7. Asistencia a funerales de familiares directos. 5 horas si es en la región y 24 horas si es fuera de la región.
  8. Retiro de alimentos (JUNAEB) y textos escolares. 6 horas, máximo 1 vez a la semana.
  9. Comparecencia a una citación legal. Dura hasta el cumplimiento de la gestión.
  10. Llevar alimentos, medicamentos o artículos de primera necesidad a adultos mayores. 2 horas, máximo 2 veces a la semana.
  11. Llevar alimentos, medicamentos o artículos de primera necesidad a recintos penitenciarios. 3 horas, máximo 2 veces a la semana.
  12.  Mudanza. 24 horas, solo una vez.
  13. Otros casos que la autoridad competente fundadamente autorice.

Los salvoconductos son exclusivos de quienes precisen trasladarse durante el toque de queda (22:00 p.m. a 05:00 a.m).  Para moverse durante el resto del día necesitaremos Permisos Temporales Individuales  y, finalmente tenemos las autorizaciones de desplazamiento que están fijadas por las credenciales institucionales (pública o privada) y cédula de identidad de los siguientes rubros:

  1. Salud: profesionales de salud y laboratorios. Personal de farmacias y productoras de medicamentos. Personal de servicios veterinarios
  2. Emergencias: como bomberos y cuadrillas de emergencias de empresas de transportes, distribución de gas, empresas e transmisión y distribución de electricidad, telecomunicaciones, agua potable, saneamiento y control de plagas.
  3. Servicios de utilidad pública: Personal de aeropuertos, de suministro de energía, gas y agua potable. Funcionarios de estaciones de servicio de combustible y telecomunicaciones. Entre otros.
  4. Sector público: Funcionarios y servidores Públicos. Miembros de cuerpo diplomático.
  5. Alimentos y comercio esencial: Personal de supermercados y centros de abastecimiento. Dueños de almacenes de barrio. Personal de agro alimentos.
  6. Transporte: Transporte público y de bienes
  7. Seguridad: Conserjes y empresas de seguridad
  8. Prensa
  9. Educación: Docentes y asistentes de educación que cumplan turnos éticos. Personal de soporte tecnológico
  10. Otros.

(ver lista detallada en AQUI)

Finalmente recordarles que estos momentos de crisis son los que muestran lo que somos realmente como sociedad. Respetemos las medidas de cuidado, el distanciamiento social y las normas de convivencia. Seamos solidarios y veamos de que manera podemos ofrecer ayuda estos días, preguntémosle a nuestros vecinos si necesitan algo y seamos conscientes del periodo que se viene. Cuidémonos y cuidemos a otros. (ver lista detallada en AQUÍ )