Su ex pareja se tuvo que refugiar en el baño: Corte de Arica confirma prisión para imputado

24 Septiembre 2021
Tribunal estima que existen "antecedentes calificados que permiten presumir que pudiere realizar atentados en contra de la afectada o de sus bienes".
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Imagen: pxhere.com (referencial).

La Corte de Apelaciones de Arica confirmó la prisión preventiva de Osvaldo Fernando Adaro, imputado por el Ministerio Público como autor del delito consumado de desacato en contexto de violencia intrafamiliar, ilícito que habría perpetrado el martes de la semana pasada.

En fallo dividido, la primera sala del tribunal de alzada rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa, al compartir que la libertad del individuo constituye un peligro para la seguridad de la víctima.

Según el ente persecutor, aproximadamente a las 23:30 horas del 14 de septiembre de 2021, Osvaldo Fernando Adaro llegó hasta el domicilio de su ex conviviente, ubicado en calle Maipú, lugar al que ingresó en contra la voluntad de la mujer. 

Una vez al interior, comenzó a insultar a su ex pareja, la que se refugió en un baño, tras lo cual el imputado empezó a provocar daños en el inmueble, por lo que la mujer pidió auxilio. Finalmente, el sujeto optó por irse del lugar, siendo detenido por Carabineros en la intersección de Maipú con Blanco Encalada.

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INCUMPLIMIENTO DE CAUTELARES

Con su actuar, Osvaldo Fernando Adaro incumplió las medidas cautelares de prohibición de acercarse a la víctima y de arresto domiciliario parcial nocturno, que habían sido decretadas por el Juzgado de Garantía el 23 de agosto pasado en una causa diversa.

La Corte de Apelaciones ratificó este jueves la prisión preventiva al estimar que "la libertad del imputado se entiende peligrosa para la seguridad de la ofendida, por existir antecedentes calificados que permiten presumir que Osvaldo Fernando Adaro pudiere realizar atentados en contra de la afectada o en contra de sus bienes, tal como razonó la jueza de primer grado".

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Imagen: pxhere.com (referencial).

Los hechos informados son parte de un proceso judicial, por lo que los formalizados/imputados son inocentes hasta que un Tribunal pruebe lo contrario. "Ninguna persona será considerada culpable ni tratada como tal en tanto no fuere condenada por una sentencia firme" (Artículo 4 del Código Procesal Penal sobre la Presunción de inocencia).